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Vol. 7 No. 249

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Portada - Junio 16, 2006
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Si cualquier autoridad lo interroga Conozca sus derechos

Por Sandra Sánchez  

Algunas personas siguen confundidas respecto a cual es el comportamiento apropiado cuando alguna autoridad que se encarga de hacer cumplir las leyes, como por ejemplo: un oficial de policía, de la patrulla de caminos o del alguacil, le detiene o interroga.  

Lo correcto es que si alguna autoridad de éstas le hace una señal de que pare mientras va conduciendo algún vehículo, usted se detenga cuidadosamente lo más pronto posible (no vaya a aumentar su velocidad, pues les haría creer que está huyendo).  

Es importante que una vez que detenga su vehículo, se mantenga dentro del auto o camión con sus manos sobre el volante, de lo contrario, pueden sospechar que esconde algo o que podría amenazar la seguridad de los oficiales con alguna arma de fuego u otro instrumento que amenace su seguridad.  
   
1. Tiene el derecho a permanecer callado  

2.Cualquier cosa que diga, puede y será usada en su contra en una corte.  

3. Tiene el derecho a hablar con un abogado y a que el abogado esté presente mientras se le interroga.  

4. Si no puede pagar a un abogado y usted lo desea, la corte nombrará a uno para que lo represente  

5. Usted puede decidir ejercer en cualquier momento estos derechos y no responder a ninguna pregunta o no hacer ninguna declaración

 
   

Cortésmente, responda a las preguntas del oficial. Si va manejando, está obligado a mostrar una licencia válida de manejo, el registro del vehículo y prueba de que tiene seguro de auto. De no contar con esos documentos, simplemente diga: “no los tengo”, o “no los tengo en este momento”. Si le piden su nombre y dirección, está obligado a dar esa información. Tiene el derecho a preguntar porqué le pidieron que parara y si le dan alguna multa o lo ponen bajo arresto, tiene el derecho a preguntar porqué. No ofrezca más información de la absolutamente necesaria, pues cualquier cosa que usted diga pueden usarla en su contra.  

Si le privan temporalmente de su libertad (ya porque lo pongan en el auto-patrulla o le transporten a un centro de detención), mantenga la calma. Algunas veces es algo que pueda durar solo unos minutos, horas o días. En todo caso, es importante saber que un encuentro con algún agente de la ley local, podría ponerle en manos de autoridades de Aduanas y Aplicación de la Ley de Inmigración (ICE por sus siglas en inglés). En todo caso, es importante que recuerde:  

Si le cuestionan mientras está en algún establecimiento o mientras está en la vía pública, también trate de ser cortés; y si no sabe bien inglés, diga amablemente “I need an interpreter” (fonéticamente se pronuncia: “Ay nid an interpreter”). No sienta pena de expresar que tiene esa necesidad.  

TENGA O NO TENGA DOCUMENTOS, USTED TIENE DERECHO:

·A no contestar preguntas cómo: dónde nació, cómo entró a los Estados Unidos o si tiene documentos que prueben su estatus migratorio.  

·A no ser amenazado, interrogado, detenido u obligado a presentar sus documentos por la única razón de tener acento al hablar o tener aspecto extranjero, o por no hablar inglés;  

·A mantenerse en silencio y a no contestar ninguna pregunta, con excepción de su nombre y dirección;  

·A negar a Inmigración o a la policía la entrada a su hogar, a menos que le muestren una orden de registro o de arresto firmada por un juez; con el nombre y dirección correctos de la persona que buscan, en tanto esa persona viva ahí.  

Como Inmigración tiene que probar estos hechos antes de que usted pueda ser repatriado. Usted perjudicaría su caso si contestara esas preguntas, si lleva documentos de su propio país, si trata de huir, si lleva documentos falsos en su persona o propiedad o si se resiste al arresto.  

En nuestras culturas es común contestar de inmediato a las personas que representan autoridad. No de importancia a esa costumbre, recuerde que sus derechos son más importantes en esta situación. Los oficiales están obligados a interrogarle—ése es su trabajo—pero usted no está obligado a responder. A continuación se presenta la leyenda de “Miranda”, la cual le indica cuáles son sus derechos al momento de ser arrestado. Si usted no entiende inglés, debieran leerle esos derechos en español al momento de su arresto. Esto debiera ocurrir en cualquier arresto  

USTED TIENE DERECHO A: No firmar ningún papel sin saber qué es lo que está firmando, con excepción quizá de una multa de tráfico. Sin importar qué autoridad le está pidiendo firme ese documento, diga que necesita un intérprete antes de firmar. Si ese documento se lo da alguna autoridad de Inmigración, es mejor no firmar tal documento, especialmente si usted:  

·Tiene miedo de volver a su país; (por razones de persecución en su contra, en su país de origen)  

·Ha vivido en los EU. por 10 años o más y su esposo(a), padre/madre o hijo(a) mayor de 21 años, es un ciudadano(a) estadounidense, o su esposo(a) es residente permanente legal y su repatriación les causaría penuria extrema.  

·Si puede probar que es o ha sido víctima de la violencia doméstica.  

·Si ha sido víctima del contrabando humano y está dispuesto(a) a asistir a las autoridades con la investigación.  

Esta información educativa es cortesía del Proyecto Voz de los Inmigrantes, en Des Moines. Si necesita más detalles, comuníquese al teléfono (515) 274-4851 ext. 10, y solicite una lista de abogados o agencias que proveen asistencia legal de Inmigración.

NOTA: Al menos le deben dar dos horas para comunicarse por teléfono con su abogado(a), organización comunitaria o familiar. Durante esas dos horas, cualquier interrogatorio deberá suspenderse.
 
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